Lo que sigue es un borrador de la licencia Atribucion - No comercial - Compartir en igualdad 2.0 diseñada por Creative Commons y traducida por Creative Commons en España y la Universitat de Barcelona. Esta versión está diseñada para conformarse a las leyes del estado español y de la Unión Europea y aunque es muy parecida a la licensia Atribution - ShareAlike 2.0 adoptada por el MIA, difiere de esta en cierta medida, por lo tanto debe considerarsele solo como un punto de referencia para el lector hispano.  Para resolver cualquier interrogante específica favor de consultar la versión 2.0 de la Creative Commons Atribution - ShareAlike License.

 

Creative Commons Deed

Atribucion - No comercial - Compartir en igualdad 2.0

 

CREATIVE COMMONS CORPORATION NO ES UN BUFET DE ABOGADOS, NO OFRECE SERVICIOS LEGALES. LA DISTRIBUCIÓN DE ESTE PROYECTO DE LICENCIA NO SUPONE UNA RELACIÓN ABOGADO-CLIENTE. CREATIVE COMMONS PROPORCIONA ESTA INFORMACIÓN TAL CUAL. CREATIVE COMMONS NO OFRECE GARANTIAS SOBRE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA NI ASUME NINGUNA RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS QUE SE PUEDAN DERIVAR DE SU USO.

LICENCIA

LA OBRA (tal y como se define más adelante) se otorga bajo esta licencia pública de Creative Commons ("CCPL" o "Licencia"). La OBRA está protegida por la ley de propiedad intelectual y/o otras leyes vigentes. Queda prohibido cualquier uso que se haga de los materiales que no cuenten con la autorización pertinente de conformidad con los términos de esta licencia.

Mediante el ejercicio de cualquiera de los derechos que se otorgan con esta licencia, el CLIENTE (tal y como se define más adelante) acepta todas las obligaciones derivadas de esta licencia y acepta que está de acuerdo. El OTORGANTE DE LA LICENCIA (tal y como se define más adelante) concede al CLIENTE los derechos contenidos en esta licencia condicionados a la aceptación y al cumplimiento de estas condiciones.

1. Definiciones

A efectos de esta licencia se establecen las siguientes definiciones

a.      Obra: La creación original literaria, artí­stica o cientí­fica expresada por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, conocido actualmente o que se invente en el futuro y que sea susceptible de ser protegido por los derechos de autor otorgados en esta licencia.

b.      Obra compuesta: La obra nueva que incorpora una o varias obras preexistentes sin la colaboración de autor o autores de éstas últimas.  efectos de esta licencia, un trabajo que constituya una obra compuesta no será considerada una obra derivada (tal y como se define más adelante).

c.      Obra derivada: La obra basada en una o más obras preexistentes, como por ejemplo las traducciones, adaptaciones, revisiones, actualizaciones y anotaciones, los compendios, los resúmenes y extractos, los arreglos musicales, dramatizaciones, novelizaciones, versiones cinematográficas, registros sonoros, reproducciones artí­sticas y cualquier transformación de una obra en general.  Para evitar dudas, en el caso de que la obra sea una composición musical o un grabación sonora, la sicronización temporal de la obra con una imagen en movimiento se considerará una obra derivada a efectos de esta licencia.

d.      Autor: La persona fí­sica o jurí­dica que ha creado la obra.

e.      Otorgante de la licencia: La persona fí­sica o jurí­dica que dispone de los derechos de explotación de la obra y que los cede en conformidad con las condiciones de esta licencia.

f.        Cliente: La persona fí­sica o jurí­dica que ejerce los derechos otorgados por esta licencia y que con anterioridad no ha violado las condiciones de la misma o que haya obtenido autorización expresa por parte del otorgante de la licencia para ejercer estos derechos pese a una violación anterior.

g.      Reproducción: Es la puesta de una obra en un medio que permita la comunicación y la obtención de copias de toda la obra o de una parte.

h.      Distribución: Es la puesta a disposición del público del original o de copias de la obra mediante la venta, alquiler, préstamo o cualquier otra forma. Esta licencia sólo autoriza la distribución de las obras con finalidades no comerciales.

i.         Comunicación pública: Cualquier acto por el cual una pluralidad de personas puede tener acceso a la obra sin que previamente se hayan distribuido ejemplares a cada una de ellas. A efectos de esta licencia se incluye la comunicación pública por medios digitales.

j.         Elementos de la licencia: Los atributos de la licencia seleccionados por el otorgante de la licencia e indicados en el tí­tulo de la licencia: Atribución, No Comercial, Compartir en Igualdad.

2. Derechos de uso legítimo.

Esta licencia no supone ninguna limitación o restricción de los derechos derivados del uso legí­timo, primera copia o venta u otras limitaciones sobre los derechos exclusivos de la propiedad intelectual que reconocen las leyes de propiedad intelectual y/o otras leyes vigentes. Esta licencia no pretende de ninguna forma reducir, limitar o restringir los derechos propiedad de terceros.

3. Otorgamiento de la licencia.

1. El otorgante de la licencia otorga al cliente una licencia de ámbito mundial, no exclusiva y permanente (durante todo el periodo de vigencia de los derechos de autor vigentes) por ejercer estos derechos tal y como se indica en esta licencia para:

-          Reproducir las obras en los términos establecidos en esta licencia.

-          Incorporar las obras en cualquier obra nueva que se genere (obra compuesta) en las condiciones que se determinen en esta licencia, y reproducir las obras incorporados en las obras compuestas que se generen.

-          Crear y reproducir obras derivadas en los términos que se definen en esta licencia.

-          Distribuir copias de las obras, mostrarlas públicamente y comunicarlas públicamente mediante cualquier medio, incluyendo las obraos incorporadas en obras compuestas.

-          Distribuir copias de las obras derivadas que se generen, mostrarlas públicamente y comunicarlas públicamente mediante cualquier medio.

Los derechos mencionados se pueden ejercer en todos los medios y formatos, tangibles o intangibles, ya sean conocidos actualmente o que se inventen en el futuro. Los derechos antes mencionados incluyen el derecho a hacer todas la modificaciones técnicas que hagan falta para adaptar las obras a cada medio o formato. Todos los derechos no otorgados expresamente por el otorgante de la licencia quedan reservados, incluyendo pero no limitando los derechos seí±alados en las Secciones 4 (f) y 4 (g)

4. Restricciones.

La licencia otorgada esta sujeta y limitada a las siguientes restricciones:

  1. El cliente sólo puede distribuir, mostrar públicamente, o comunicar públicamente la obra bajo las condiciones de esta licencia y tiene que incluir una copia de esta licencia, o seí±alar claramente su ubicación mediante un identificador universal de recursos, con cada copia de la obra que distribuya, muestre públicamente, o comunique públicamente. No es posible ofrecer o imponer ninguna condición sobre la obra que altere o limite las condiciones de esta licencia o el ejercicio de los derechos de los destinatarios otorgados en este documento. No es posible subcontratar la obra. Hay que mantener intactas todas las notificaciones que hagan referencia a esta licencia y a la renuncia de las garantí­as. No es posible distribuir, mostrar públicamente, o comunicar públicamente la obra sin tomar las medidas tecnológicas necesarias para controlar el acceso o la utilización de la obra que contradiga las condiciones de este contrato de licencia. Esto se aplica a la  obra incorporada a una obra compuesta, pero no exige que dicha obra compuesta a parte de la propia obra esté sujeta a las condiciones de esta licencia. Cuando el cliente cree una obra compuesta, bajo requerimiento y con la previa notificación por parte del otorgante de la licencia, hay que eliminar de esta obra compuesta, dentro de lo posible, cualquier referencia a este otorgante de la licencia o al autor original, según convenga. Cuando el cliente cree una obra derivada, bajo requerimiento y con la previa notificación del otorgante de la licencia, hay que eliminar de esta obra derivada, en lo posible, cualquier referencia a este otorgante de la licencia o al autor original, según convenga.
  2. El cliente sólo puede distribuir, mostrar públicamente o comunicar públicamente una obra derivada de acuerdo con las condiciones de esta licencia, una versión anterior de esta licencia o una licencia con otra jurisdicción pero con los mismos elementos de esta licencia. Tiene que incluir una copia de esta licencia, o seí±alar claramente su ubicación mediante un identificador universal de recursos, con cada copia de cada obra derivada que distribuya, muestre públicamente, o comunique públicamente. No es posible ofrecer o imponer ninguna condición sobre las obras derivadas que altere o limite las condiciones de esta licencia o el ejercicio de los derechos de los destinatarios otorgados en este documento. Hay que mantener intactas todas las notificaciones que hagan referencia a esta licencia y a la renuncia de las garantí­as. No es posible distribuir, mostrar públicamente, o comunicar públicamente una obra derivada sin tomar las medidas tecnológicas necesarias para controlar el acceso o la utilización de la obra que contradiga las condiciones de este contrato de licencia. Esto se aplica a la obra derivada incorporada a una obra compuesta, pero no exige que dicha obra compuesta a parte de la propia obra esté sujeta a las condiciones de esta licencia.
  3. No se puede ejercer de ninguna manera ninguno de los derechos que han sido otorgados al cliente en la sección 3 anterior si están destinados principalmente o dirigidos directamente a conseguir un provecho comercial o una compensación monetaria privada. El intercambio de la obra por otras obras protegidas por la propiedad intelectual compartiendo archivos digitales o de cualquier otra manera no se considerará destinado principalmente o dirigido directamente a conseguir un provecho comercial o una compensación monetaria privada, siempre que no se realice un pago mediante una compensación monetaria en relación con el intercambio de obras protegidas por la propiedad intelectual.
  4. Si el cliente distribuye, muestra públicamente, o comunica públicamente la obra o cualquier obra compuesta o derivada, tiene que mantener intactas todas las notificaciones respecto a la propiedad intelectual de la obra y dar al autor original el crédito razonable por los medios que utilice especificando el nombre (o pseudónimo, si el caso) del autor original si se facilita; el tí­tulo de la obra si se facilita; de una manera razonable y práctica, el identificador uniforme de recursos (URI), si existe, que el otorgante de la licencia especifique para vincular con la obra, a menos que dicho URI no se refiera al aviso de los derechos del autor  o a información sobre la licencia de la obra.En el caso de una obra derivada, un crédito que identifique el uso de la obra en la obra derivada (p.ej. “una traducción al francés de la obra del autor original” o “un guión basado en la obra original del autor original”). Este crédito se puede implementar de cualquier manera razonable siempre que, sin embargo, en el caso  de una obra compuesta o derivada, como mí­nimo aparezca este crédito cuando aparezca cualquier otro autor comparable y de forma que sea al menos equiparable al otro crédito de autor comparable.
  5. En el caso de la inclusión de la obra en alguna base de datos o recopilación, el propietario o el gestor de la base de datos tiene que renunciar a cualquier derecho relacionado con esta inclusión y concerniente a los usos de la obra una vez extraí­da de les bases de datos, ya sea de manera individual o conjuntamente con otros materiales.
  6. Para evitar dudas, cuando la obra sea una composición musical.
    1. Derechos de comunicación pública bajo licencias libres. El otorgante de la licencia se reserva el derecho exclusivo de percibir, individualmente o a través de una agencia de gestión de derechos (p. e. la SGAE), los derechos por cualquier comunicación pública o comunicación digital pública (p. e webcast) de la obra si dicha comunicación es básicamente con intención o dirigida a sacar una ventaja comercial o una compensación monetaria privada
    2. Derechos de reproducción mecánica y percepciones establecidas. El otorgante de la licencia se reserva el derecho exclusivo de percibir, individualmente o a través de una agencia de gestión de derechos o un agente designado (p. e. la SGAE), los derechos por cualquier  grabación que el cliente cree  a partir de la obra ("versión") y distribuya, sujeto a las leyes de propiedad intelectual aplicables en cada jurisdicción, si la distribución de dicha versión es básicamente con intención o dirigida a sacar una ventaja comercial o una compensación monetaria privada
  7. Derechos de comunicación pública digital y percepciones establecidas Para evitar dudas, cuando la obra sea una grabación sonora, el otorgante de la licencia se reserva el derecho exclusivo de percibir, individualmente o a través de una agencia de gestión, los derechos por cualquier comunicación digital pública (p. e webcast) de la obra si dicha comunicación es básicamente con intención o dirigida a sacar una ventaja comercial o una compensación monetaria privada

5. Renuncia de responsabilidades.

EXCEPTO SI SE HA ACORDADO MíšTUAMENTE POR LAS PARTES Y POR ESCRITO, EL OTORGANTE DE LA LICENCIA FACILITA LA OBRA “TAL CUAL”, SIN NINGUNA GARANTíA RESPECTO LA OBRA, YA SEA EXPLíCITA O IMPLíCITA, INCLUYENDO, SIN NINGUNA LIMITACIÓN, LAS GARANTíAS REFRENTES AL CONTENIDO O A LA EXACTITUD DE LA OBRA. EN ALGUNAS JURISDICCIONES NO SE PEMITE LA EXCLUSIÓN DE GARNATíAS IMPLíCITAS, POR LO CUAL ESTA EXCLUSIÓN PUEDE NO SER APLICABLE.

6. Limitación de responsabilidades.

EXCEPTO SI ASí LO REQUIERE LA LEY VIGENTE, EN NINGíšN CASO EL OTORGANTE DE LA LICENCIA SERí RESPONSABLE DELANTE DEL CLIENTE RESPECTO A CUALQUIER TEORIA LEGAL DE CUALQUIER DAÑO ESPECIAL, INCIDENTAL, INDIRECTO O CONSECUENTE, PUNITIVO O EJEMPLAR QUE DERIVE DE ESTA LICENCIA, AUNQUE EL OTORGANTE DE LA LICENCIA HAYA SIDO INFORMADO DE LA POSSIBILIDAD DE ESTOS DAÑOS

7. Finalización de la licencia.

1. Esta licencia y los derechos que se derivan concluirán automáticamente si el cliente infringe las condiciones de la misma. Así­ mismo, las personas o entidades que han recibido obras compuestas o derivadas por parte del cliente de conformidad con esta licencia, no finalizaran sus licencias, siempre que estas personas o entidades cumplan totalmente las condiciones de estas licencias.

2. Sujetos a las condiciones anteriores, la licencia otorgada aquí­ es permanente (durante el periodo de vigencia de la propiedad intelectual de la obra). No obstante, el otorgante de la licencia se reserva el derecho a publicar la obra bajo condiciones de licencia diferente o a dejar de difundir la obra en cualquier momento, sin necesidad de comunicarlo al cliente. Esta licencia continuará siendo plenamente vigente y efectiva si no se concluye, tal como se ha indicado anteriormente.

8. Diversos.

a.      Cada vez que el cliente distribuya o comunique públicamente la obra o una obra compuesta, el otorgante de la licencia ofrecerá al destinatario una licencia para la obra en las mismas condiciones que la licencia que le ha sido otorgada en esta licencia.

b.      Cada vez que el cliente distribuya o comunique públicamente una obra derivada, el otorgante de la licencia ofrecerá al destinatario una licencia para la obra original en les mismas condiciones que la licencia que le ha sido otorgada en esta licencia.

c.      Si hay alguna disposición de esta licencia que no sea válida o que sea inaplicable según la ley vigente, esto no afectará ni a la validez ni la aplicabilidad del resto de condiciones de esta licencia y, sin otra acción por parte de las partes de este acuerdo, estas disposiciones se reformarán el mí­nimo necesario para que la disposición sea válida y aplicable.

d.      No se podrá renunciar a otra condición o disposición de esta licencia y no se consentirá ninguna violación si no es que el consentimiento o la renuncia sea por escrito y firmado por la parte responsable de la violación o el consentimiento.

e.      Esta licencia constituye el acuerdo pleno entre las partes respecto a la obra otorgada bajo esta licencia. No hay arreglos, acuerdos o declaraciones respecto a la obra que no estén especificados en este documento. Esta licencia no se puede modificar sin el consentimiento mutuo por escrito del otorgante de la licencia y el mismo cliente.

Creative Commons no es una de las partes de esta licencia y no tiene ninguna garantí­a en relación con a la obra. Creative Commons no será responsable frente al cliente o cualquier parte respecto a cualquier reclamación por daí±os, incluyendo, sin limitaciones, cualquier daí±o consecuente, incidental, especial o general que surja en relación con esta licencia.

Excepto por el propósito limitado de indicar al público que la obra se otorgue bajo la licencia según la CCPL, ninguna parte hará uso de la marca registrada “Creative Commons” o cualquier marca registrada relacionada o logotipo de Creative Commons sin el consentimiento previo por escrito de Creative Commons. Cualquier uso autorizado será en relación con las directrices de uso de la marca registrada vigentes y actuales de ‘Creative CommonsÂ’, tal como están publicadas  en la web o disponibles a petición del usuario.

Para poneros en contacto con Creative Commons, dirigiros a http://creativecommons.org/.