Marxists Internet Archive: Reglamento

Reglamento del
Marxists Internet Archive (MIA)


 
 
§ 1. Contribuyentes:

A. Voluntarios: Voluntarios del MIA son aquellas personas que han hecho en los últimos seis meses por lo menos trés contribuciones en un periódo de no menos de trés semanas y quienes se han comprometido a respetar la Constitución y el Reglamento.(1)  Los voluntarios pueden agregar material de apoyo (contexto histórico, notas editoriales, etc.) donde fuere necesario.(2)  Los voluntarios pueden trabajar en cualquier sección y transcribir obras de cualquier autor que incluimos actualmente.  Si la sección que le interese carece de administrador o si el voluntario desea añadir un nuevo autor, dicho voluntario está bienvenido a administrar aquel archivo.  Las responsabilidades de todo voluntario del MIA son:

1. Salvaguardar el material de cualquier modificación o alteración al texto original y corregir errores tipográficos en los textos;
2. Asegurar que el material no esté bajo copyright o conseguir permiso de los dueños de los derechos para republicar el material indefinidamente en el Marxists Internet Archive.  Asegurar que tal permiso sea documentado junto al material publicado.  
3. Atentamente seguir la Constitución y el Reglamento en todo momento.
4. [Condición optativa para votación:] Para tener derecho al voto los voluntarios deberan informar al MIA de su pertenencia en cualquier partido o coalición politica.  Esto asegura que el Articulo 5 de la Constitución, acerca de la independencia politica del MIA, pueda ser objeto de audits y monitoreo por medio de la transparencia interna.(3)

B. Administradores: Administradores son aquellos voluntarios que asumen responsabilidades adiciónales sobre cierta(s) sección(es) del MIA.  Tienen acceso directo de SFTP a sus secciónes y un buzon electronico del MIA.  El hacerse director generalmente requiere trabajo consistente en el trimestre inmediatamente pasado.  Los archivos pueden tener multiples administradoras quienes comparten las resposabilidades de dirección de la sección.   Las responsabilidades de todo Administrador de sección son:

1. Ayudar y coordinar a los voluntarios en sus esfuerzo de transcripción y codificación.
2. Reunir material de los voluntarios, agregarlo al archivo, crear los enlaces e indices necesarios.  Un director no puede nunca negarse a agregar materiale originales de ese archivo.(4)
3. Responder al correo electronico respecto al archivo en un plazo razonable.
4. Mantener el archivo: asegura que el codigo HTML y los enlaces funciónen debidamente.
5. Continuar con las responsabilidades propias de un voluntario del MIA (ver sección sobre Voluntarios).

Para mayores detalles sobre estas responsabilidades, véase: Administrator's Guidelines

 

§ 2. Comité Directivo:

A. General: El  Comité Directivo  es el cuerpo legislativo del Marxists Internet Archive, enarbolando la Constitución y el Reglamento en todo momento.  El Comité decide temas tales como la categorización de los autores, modificaciónes a este reglamento (por mayoria de 3/4), asuntos financieros de toda indole, y otros asuntos similares.  El Comité Directivo tambien contiene diversas comisiones que carecen de poder pero son grupos de voluntarios quienes se dedican a trabajar en torno a tareas administrativas particulares.

1. Todos los administradires y voluntarios del MIA conforman el Comité Directivo.
2. Todos los administradores y voluntarios tienen derecho a un voto cada uno por asunto.
3. Cualquier administrador o voluntario puede elevar un asunto para voto.
4. Ningun administrador y ningun voluntario puede proponer mas de cuatro votos por año.
5. Las decisiones y debates del Comité Directivo estan abiertas a examen; la votación es por voto secreto. (véase /www/scripts/rotatevote.pl)

B. Toma de decisiones por consenso: la toma de decisiones por consenso es el objetivo del Comité de Dirección.

1. Un voluntario puede iniciar el proceso de consenso cuando el Comité no tiene temas actualmente en discusión, de lo contrario un lugar en la agenda puede utilizarse para este fin. La única excepción a esta regla son las propuestas para la colocación de un escritor, que se producen de una en una, mientras que esté en marcha un proceso de consenso.

2. El proceso de consenso se inicia con un tema que comienza así: [Proposal]

A. Cuando 6 voluntarios (10 para enmiendas a los Estatutos) de la Comité expresen su apoyo a la propuesta y no se produce la disidencia, un nuevo correo será enviado con el tema [Consensus].

B. Los voluntarios tendrán una semana (dos semanas para enmiendas a los Estatutos) después de la publicación de [Consensus] para expresar el disenso antes de que se adopte la propuesta.

C. Cualquier voluntario puede expresarsu desacuerdo. El deascuardo también puede plantearse en nombre de los voluntarios que no estén presentes, cuando ello sea apropiado. Cuando se expresa el desacuerdo, debera empezarse un proceso en busca de determinar una propuesta sobre la de que todas las partes puedan llegar a un acuerdo mutuo. Cuando se produce un acuerdo mutuo, el proceso de consenso comienza de nuevo.

3. El proceso de consenso no puede durar más de 6 semanas seguidas. Cada vez que el proceso de consenso dura mucho tiempo y parece estar en un punto muerto, a menudo la mejor opción es que el Comité para avance en la agenda, y que los voluntarios principalmente participes en la propuesta y la disidencia hableb fuera de la lista y lleguen a una nueva propuesta. Cuando se haga esto, el espacio puede ser reservado en la agenda para renovar el proceso de nuevo.

4. En casos muy raros, después de muchos intentos fallidos y meses en busca de una propuesta aceptable para ambas partes, cuando los dos disidentes y los proponentes se niegan a echar por tierra sus esfuerzos irreconciliables, se iniciará un proceso de votación.

C. Proceso de votación:

1. Un asunto propuesto para voto se discutira en la lista de correo del Comité Directivo (mia-list@marxists.org) por todos los admnistradores y voluntarios que deseen participar, por un periódo de no menos de una semana y hasta de aproximadamente tres.
2. El Secretario llama al voto (con el encabezado claramente marcado "VOTE") si el asunto no se ha decidido amistosamente.
3. Los administradores y voluntarios tendran un plazo de una semana para marcar sus votos.
4. El resultado del voto se determinara por mayoria.  (En caso de empate un nuevo voto se llevará acabo en un més, con un intermedio de tres semanas) (la unica excepción es una modificación al Reglamento o a la Constitución, lo cual requiere una mayoria de 75%).
Cualquier decision por concenso o voto no podra ser rediscutido en el Comité Directivo ni ningun voto volcado por un periódo de 18 meses.  Cualquier autor que ha estado en los Archivos de Autores Marxistas por un plazo mayor a los 4 años no podra ser sacado (la inclusion de las obras de algun autor en secciónes temáticas o de historia por cualquier periódo no afecta ni positiva ni negativamente la colocación de las obras dicho autor en los Archivos de Marxistas o de Referencia).

Para más detalles sobre este proceso, véase: § 4: Comité Secretaríal

 

D. "Biblioteca" y "Autores Marxistas"

1 . El Artículo 6 de la Constitución del MIA enumera específicamente que entre los archivos mantenidos en el MIA haya un archivo de "Autores Marxistas" archivo.  También se hace mención a "Autores de Referencia", y el procedimiento para diferenciar a estos escritores de los "marxistas" se expone en el Artículo 7, pero no hay ninguna mención específica de un archivo o índice de "autores de referencia". Teniendo ello en cuenta, se concluye que no hay un mandato específico en la Constitución para un indice de "autores de referencia", mientras que uno para "autores marxistas" es obligatorio .

2 . Las secciones lingüísticas de la MIA pueden satisfacer el requisito en la Constitución de que haya un indice de "autores marxistas" por medio de cualquiera de dos maneras:

a . El mantenimiento de un índice de todos los escritores que han sido catalogados como "marxistas" por el MIA para los cuales hay obras archivadas en el idioma dado.

b . Un índice de "autores marxistas seleccionados".

3 . Con el fin de servir a los estudiantes y los trabajadores mediante la presentación de contenido de una manera que tenga sentido sin presumir un nivel previo de conocimientos entre nuestros lectores (de conformidad con el artículo 7 de la Constitución), todas las secciones lingüísticas de la MIA deben pasar de la presentación binaria de "marxistas" y un índice de "referencia", a un indice unificado estilo "Biblioteca", de forma similar a la establecida para la Sección en idioma Inglés por la decisión de septiembre de 2007 y siguiendo el mismo esquema de categorización.

E. "Autores Marxistas Seleccionados"

1. Un índice de "escritores marxistas seleccionados" puede ser utilizado por cualquier sección lingüística del MIA para satisfacer necesidad, segun la Constitucion (Artículo 6 ), de que exista un  índice de "autores marxistas".

2 . Todas las secciones lingüísticas son libres de optar por una selección de escritores que sus administradores y voluntarios eli
jan con el objetivo de educar y orientar a nuestros lectores en cuanto a los aspectos teóricos y prácticos fundamentales de nuestro movimiento, siempre y cuando se cumpla lo siguiente:

a. Cualquier escritor seleccionado debe haber sido clasificado como "marxista" por el colectivo del MIA.

b. Aunque limitado en extensión - no más de 25 autores - la lista debe ser ampli
a en su alcance, e incluir escritores que hicieron contribuciones significativas en el idioma o región, y, en la medida de lo posible, reflejar un equilibrio étnico y de género.

c. La lista debe incluir sólo los escritores
para los cuales tenemos un archivo de un tamaño razonable en el idioma dado. Simplemente vincluar a los archivos en otra lengua cuando un escritor no está disponible en el idioma determinado no es satisfactorio.

d. Cualquier archivo del escritor seleccionado debe como mínimo incluir obras que reflejan la importancia de
aquel escritor al marxismo y las razones por las que se le ha seleccionado.

e. Cualquier escritor seleccionado no debe haber sido el líder icónico de
ninguna tendencia o partido actualmente existente y activo. (Por supuesto, los miembros o fundadores de corrientes muy generales o amplias son permisibles.)

§ 3. Comité Administrativo:

A. Responsabilidades: Estos administradores han, a traves de trabajo consistente y dedicado por el MIA, que son capaces de realizar las tareas necesarias.   Cada uno de estos administradores tiene la habilidad de hacer cambios a cualquier parte de los archivos por que esta es necesario para que puedan efectivamente realizar sus labores por el MIA.  Entre las muchas tareas que estos administradores realizan estan asegurar que el servidor de internet funcióne sin problemas, mantener actualizada la tecnologia del servidor y proveer mejores herramientas para facilitar el trabajo de los voluntarios, asegurar que los administradores tengan acceso de SFTP, responder a correo general enviado a la lista  mia-admins, desempenar y representar la Constitución y el Reglamento del MIA, ayudar a los administradores y voluntarios cuando sea necesario, alientar a nuevos voluntarios y reclutar nuevos administradores, manejo del presupuesto y demas asuntos financieros, distribución del disco compacto, asegurar que nos ajustemos a requisitos legales, y demas actividades de esa indole.

B. Eligibilidad: Cualquiera que se muestre capaz de satisfacer las obligaciones necesarias y ha contribuido seguida y plenamente al MIA por mas de un año es bienvenido en este Comité.  En caso de un abandono claro y consistente o intencionado de sus responsabilidades, se requerira una mayoria de por lo menos 3/4 para destituir a un miembro de este Comité.

Miembros: Andy Blunden, Juan Fajardo, Mike Bessler, Einde O'Callaghan, David Walters, Graham Seaman y Jonas Holmgren.

 

§ 4: Comité Secretaríal:

A. Responsabilidades: (5)

1. Estar al tanto de todas las discusiones en la lista del Comité Directivo (mia-list@marxists.org).

2. Asegurar que solo un debate formal y sólo un voto se realizen a la vez (aunque pueden haber sub-temas como parte de un mismo debate) asegurando asi que el Comité Directivo pueda enfocar toda su atención en la legislación pendiente.

3. Si resulta necesario, mantener una agenda para los temas a debatirse y por votarse.  La temática generalmente ha de organizarse en el orden en que fue propuesta, pero la Secretaría puedo ejercer discreción razonable en esto.  Por lo general, los temas se anadiran a la agenda segun las siguientes condiciónes:

a.) si un miembro del Comité Directivo propone que la materia se agrege directamente a la agenda;
b.) si otra materia ha llamado la atención del Comité Directivo al tema;

4. Si hay un concenso en una discusion luego de un periódo de por lo menos dos semanas, la Secretaría puede certificar que existe el concenso siempre y cuando la discusion se realizo bajo su propio hilo tematico y con un encabezado que claramente identifique la naturaleza e intención de la discusion.   Para certificar el concenso la Secretaría ha de enviar un mensaje electronico al Comité Directivo con el encabezado de "CONSENSUS" seguido por el tema sobre el cual se ha llegado al acuerdo.  Cualquier miembro del Comité Directivo tendra tres dias desde el anuncio de la Secretaría para objetar, y al hacerse esto, se reanudara la discusion o se llevara acabo un voto.  Un acuerdo por concenso tiene tanta validez como el resultado de un voto formal.

5. El lenguaje de las cuestiones por votarse sera decidida y enmiendada por un representante de cada lado del debate (escogidos por la Secretaría si es necesario).  Si los dos lados no se pueden poner de acuerdo sobre el lenguaje de la pregunta sobre la cual se ha de votar, la Secretaría puede decidir el asunto segun su criterio.

6. Luego de una semana de votación, la Secretaría enviara un mensaje a mia-list con el encabezado "VOTE RESOLVED:", seguido de la materia sobre la cual se ha votado.  La Secretaría asegurará que la cuenta de los votos sea archivada.

B. Elección: Las elecciónes han de realizarse cada año para membresía en el Comité Secretaríal.  Toda persona, con excepción de miembros activos del Comité Administrativo del MIA, puede servir en el Comité Secretaríal.  La Secretaría debe ser electa por la mayoria del Comité Directivo y se pueden elegir multiples secretaria/os.

Miembros: Andy Blunden

 


(1) En otras palabras, lo mas pronto que una persona puede hacerse voluntaria es luego de tres semanas de contribuciónes.   El status de voluntario comienza una vez la tercera contribución ha sido enviada y dura seis meses desde esa fecha.  En principio mientras una persona permanezca como voluntaria del archivo tiene derecho a votar acerca de el.

(2) Los voluntarios deben esforzarse por transcribir información veridica y no opinion.  La administradora del archivo tiene el derecho de hacer correciónes editoriales si es necesario; si el voluntario esta en desacuerdo con ellos puede apelar al Comité Directivo.

(3) No es obligatorio para los voluntarios el proveer ninguna información, pero para ser inscrito para votar un voluntario debe revelar su afilición política actual. La afiliación de todos los miembros votantes se mantiene en un archivo seguro y privado, accesible sólo a miembros del MIA.

(4) Por ejemplo, en administrar el Archivo Lenin si se recibe de un voluntario un documento escrito por Lenin, se le DEBE incluir siempre y cuando tengamos los derechos (es decir, podemos publicar ese material legalmente).   El voluntario y el administrador estan en libertad de colocar en el archivo el material sobre el cual decidan trabajar pero el administrador tiene la responsabilidad adiciónal de que cuando un voluntario realize un trabajo para el archivo, este debe ser incluido (si se ajusta a los criterios legales).

(5) Los plazos no son fijos y pueden modificarse en diversas circunstancias por la Secretaría, pero toda modificación tal debe de no ser inconsistente con la clara intención de los plazos menciónados, los cuales reconozen la necesidad de mantener al minimo la actividad legislativa y buscan asegurar que cada miembra del Comité Directivo tenga tiempo mas que adecuado para leer y participar plenamente en cualquier proceso oficial de debate y voto.

 

 

El primer reglamento se ratificó por concenso del MIA el 21 de marzo de 2000.
§ 4 del Reglamento se resolvió con voto unánime por el Comité Directivo el 9/1/2001. 
La Enmienda 2B(1) se resolvió por el Comité Directivo el 23/9/2002, por un voto de 10 contra 2.
Una revisión general a este Reglamento (realizada para esclarecer el lenguaje y eliminar mención a prácticas obsoletas) se resolvió por concenso del Comité Directivo el 22/11/2002.
La §2.B fue agregada por el Comité Directivo el 2/10/2004 por acuerdo por consenso.
La §2.D fue agregada por el Comité Directivo el 22/12/2005.
La §1.A se agrego por consenso del Comité Directivo el 16/09/2006.
La §2.E se agrego por consenso del Comité Directivo el 3/09/2007.
Las §2.D & E fueron remplazadas por consenso del Comité Directivo el 18/11/2007.


véase también:

Constitución del MIA
Artículos de Incorporación del MIA: Pag. 1 | Pag. 2
Asuntos Legales