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V. I. Lenin

Proyecto de decreto sobre el control obrero*


Escrito: El 26 ó 27 de octubre (8 ó 9 de noviembre) de 1917
Fuente: V. I. Lenin, Obras escogidas, en tres tomos, Editorial Progreso, Moscú, 1985, t. 3, págs. 497-498.
Primera edición: En 1929 en las 2a y 3a ediciones rusas de las "Obras" de V. I. Lenin, t. XXII.
Edición electrónica: Marxists Internet Archive, 1999.
Digitalización y HTML: Juan R. Fajardo, dic. de 1999. Revisada en Marzo de 2016 por Rodrigo Cisterna





1. Queda establecido el control obrero sobre la producción, consevación y compraventa de todos los productos y materias primas en todas las empresas industriales, comerciales, bancarias, agrícolas, etc., que cuenten con cinco obreros y empleados (en conjunto), por lo menos, o cuyo giro anual no sea inferior a 10.000 rublos.

2. Ejercerán el control obrero todos los obreros y empleados de la empresa, ya directamente, si la empresa es tan pequeña que lo hace posible, ya por medio de sus representantes, cuya elección tendrá lugar inmediatamente en asambleas generales, debiendo levantarse actas de la elección y ser comunicados los nombres de los elegidos al gobierno y a los Soviets locales de diputados obreros, y campesinos.

3. Queda absolutamente prohibida la interrupción del trabajo de una empresa o industria de importancia nacional (véase § 7), así como la modificación de su funcionamiento, sin autorización de los representantes elegidos por los obreros y empleados.

4. Todos los libros de contabilidad y documentos, sin excepción, así como todos los almacenes y depósitos de materiales, herramientas y productos, sin excepción alguna, deben estar abiertos a los representantes elegidos por los obreros y empleados.

5. Las decisiones de los representantes elegidos por los obreros y empleados son obligatorias para los propietarios de las empresas y no pueden ser anuladas más que por los sindicatos y sus congresos.

6. En todas las empresas de importancia nacional, todos los propietarios y todos los representantes elegidos por los obreros y empleados para ejercer el control obrero responden ante el Estado del riguroso mantenimiento del orden, de la disciplina y de la protección de los bienes. Los culpables de incuria, de ocultación de stocks, balances, etc., serán castigados con la confiscación de todos sus bienes y con penas de reclusión que pueden llegar a cinco anos.

7. Se declaran empresas de importancia nacional todas las que trabajan para la defensa o están relacionadas de algún modo con la producción de artículos necesarios para la subsistencia de las masas de la población.

8. Los Soviets locales de diputados obreros, las conferencias de comités de fábrica y las de comités de empleados dictarán, en asambleas generales de sus representantes, reglas más detalladas de control obrero.




* El Proyecto de decreto sobre el conrol obrero sirvió de base al proyecto de decreto confeccionado por el Comisariado del Pueblo del Trabajo y publicado, con enmiendas y adiciones, el 16 (3) de noviembre de 1917 en el núm. 178 de Pravda. El proyecto de decreto fue discutido el 14 (27) de noviembre del mismo año en la reunión del Comité Ejecutivo Cenral de toda Rusia y aprobado con enmiendas insignificantes. El 15 (28) de noviembre se discutió en una reunión del Consejo de Comisarios del Pueblo, publicándose el 16 de noviembre de 1917, con el título de Decreto sobre el control obrero, en el núm. 227 de Izvestia del CC de toda Rusia. [Nota de la Editorial]




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