OBRAS COMPLETAS DE JOSE CARLOS MARIATEGUI

PERUANICEMOS AL PERÚ

 

“ANTE EL PROBLEMA AGRARIO PERUANO” POR ABELARDO SOLIS* 

La más profunda de las transformaciones que se advierte en el pensamiento nacional, es el desplazamiento de los tópicos políticos por las cuestiones económicas. Razonar sobre economía es siempre razonar políticamente, pero pasando de lo formal a lo sustancial. En el Perú, donde se ha discurrido con exceso respecto a las formas políticas, se ha meditado en cambio; bien poco acerca de las realidades económicas. Esta preocupación aparece únicamente ahora y es sin duda el mejor signo de una nue­va mentalidad (así como el más severo cargo contra la Universidad civilista, y particularmente contra su extinta Facultad de Ciencias Políticas —que jamás produjo un político científico— es el que formula en la exposición de motivos del Estatuto Univer­sitario el Ministro de Instrucción Pública doctor Oliveira cuando deja expresa constancia de que para establecer la Facultad de Ciencias Económicas ha habido que buscar profesores sin grado académico en la Banca, la Administración Pública, etc., porque la antigua facultad, en largos años, no había servido para formar economistas).

Comentando el Bosquejo de Historia Económica del Perú del doctor César A. Ugarte tuve ocasión hace dos años de registrar el creciente orientamiento de las nuevas generaciones hacia los estudiosa económicos. Ahora me ofrece oportunidad para reiterar esta observación el reciente libro del doctor Abelardo Solís: Ante el Problema Agrario Peruano.

El problema de la tierra domina nuestra realidad económica. No importa, por consiguiente, que en su exposición Solís trate los aspectos jurídicos y legales más que los aspectos propiamente económicos. Basta que su especulación, en vez de un tema constitucional o político —régimen presidencial o parlamentario, unitario o federativo, etc.—, haya abordado un tema que pertenece ante todo a la economía nacional y que, por tanto, no figuraba antes en la orden del día de la Universidad.

La contribución del doctor Solís al debate de esta cuestión es oportuna, inteligente y honrada. Su crítica de la tendencia individualista de la, legislación republicana, enfoca con severo realismo los efectos adversos a la propiedad indígena de este liberalismo formal, impotente ante el latifundio, funesto para la "comunidad". Solís llega a esta proba conclusión, valiosísima como testimonio de un hombre de leyes y códigos —y que por sí sola certifica la rectitud y superioridad de su espíritu—: "El problema agrario no ha sido jamás un problema de legislación, sino un problema vital que no podía resolverse mediante recetas legalistas". La inclinación legalista a las reformas administrativas, que tantos estímulos encontró en el verbalismo de las viejas generaciones, es categóricamente abandonada. Se busca, al fin, la clave de la situación social y por ende política del Perú, en el carácter y el uso de la propiedad de la tierra. Y desaparece la aprensión por las medidas revolucionarias y radicales. Estudiando los orígenes del latifundio en el Perú, Solís escribe que "hay que insistir en señalar el carácter inicial de usurpación violenta en la apropiación individual de la tierra, es decir, hay que referirse a su raíz histórica, por lo mismo que en el transcurso de los acontecimientos humanos son los propietarios a su vez como descendientes de los primeros terratenientes y mantenedores de la usurpación, por éstos realizada quienes suelen manifestar una contradictoria y acomodaticia repugnancia por los métodos de expropiación violenta, puestos en práctica en las revoluciones que han logrado restituir en la posesión y usufructo de la tierra a los que la cultivan, esos trabajadores campesinos, verdaderos descendientes de los primitivos agricultores que fueron desposeídos por los fundadores del latifundio". Observación de rigurosa exactitud histórica que escandalizará, sin embargo, a los defensores intransigentes y ortodoxos de los derechos de los propietarios.

El punto de vista de que parte Solís para denunciar los errores de la legislación republicana, en su tendencia a disolver la "comunidad", lo mueve a superestimar un tanto la dirección opuesta en la legislación y la práctica coloniales. No conviene olvidar que la propiedad comunitaria y la propiedad feudal se conciliaban teórica y prácticamente. Reconocer a las "comunidades" el derecho de conservar sus propiedades era un modo de vincular al campesino a la tierra. Si la propiedad comunitaria ha subsistido hasta hoy, no obstante su indefensa posición. legal, propicia a la expansión de la gran propiedad, ha sido sin duda por la observación empírica de que el valor de un latifundio dependía de su riqueza en hombres y de que para fomentar ésta no era prudente despojar del todo a los indios de sus tierras y, en todo caso, había que devolverles su uso, mediante el "yanaconazgo". De la extrema y retórica requisitoria contra la praxis colonial, no sé debe pasar al término opuesto.

Solís dedica sendos artículos a la universalidad del movimiento agrario, a la reforma agraria en México, en Rusia y en Checoslovaquia. La vulgarización de estas reformas es evidentemente indispensable tanto para incitar a las gentes a considerar nuestra cuestión agraria, sin suponerla una invención de teorizantes y revolucionarios, cuanto para confrontar nuestra situación agraria, con la de esos países, antes de su nueva política y aprovechar las sugestiones de sus respectivas experiencias. La información de Solís no alcanza a hechos y estudios recientes que le habrían conducido a conclusiones más completas. Así, en lo que concierne al éxitos del parcelamiento de Checoslovaquia habría sido interesante qué su crítica hubiese tenido en cuenta los hechos que muelen al doctor Adam Rose, catedrático de política agraria de la Universidad de Varsovia, a constatar:

"l°— Que el porcentaje de obreros que llegaron a ser propietarios como consecuencia de la reforma es más elevado en Checoslovaquia que en Alemania, pero se mantiene, sin embargo, demasiado bajo:

"2º— Que hasta los obreros que llegan a comprar un lote obtienen en la mayoría de los casos, muy poca tierra para emprender una explotación racional;

"3º— Que cerca de la mitad de los obreros no han obtenido más socorro que una indemnización que les ayudó a vivir sin trabajar durante algunos meses, o hasta durante un año, pero que no debería considerarse como una verdadera solución del problema que nos ocupa".

Las conclusiones finales del libro de Solís se condensan en las siguientes proposiciones: "La organización y definición del derecho de posesión de la tierra; la supresión de los monopolios de tierras, para hacer efectivo el principio de que tienen derecho a ellas, sólo los que las cultivan; la reglamentación de la explotación de la tierra por las asociaciones y los individuos; tales serán las principales normas constitucionales del Estado y de la legislación agraria peruana", "Sustituir al hacendado por la colectividad de trabajadores rurales, continuando intensificada y mejorada la explotación agrícola, suprimiendo, en beneficio de la colectividad de trabajadores y del Estado, la renta obtenida exclusivamente por el terrateniente: he aquí la primordial cuestión concreta de lo que tratamos". Estas proposiciones anulan la discrepancia con algunas consideraciones del estudio de Solís, menos entonadas a un concepto económico y socialista del problema. Hay allí una fórmula por concretar que puede ser una. base de acuerdo para quienes estudian la cuestión con móviles prácticos y criterio positivo.

 

 


 

NOTA:

 

* Publicado en Mundial, Lima, 21 de diciembre de 1928. Reproducido en Amauta, Nº 20, enero de 1929, en la sección "Libros y Revista", págs. 100-102.