[983]

CAPITULO XLVI

RENTA DE SOLARES.

RENTA MINERA. PRECIO DE LA TIERRA
[a]
Dondequiera que exista renta, la renta diferencial su presenta por doquier y obedece siempre las mismas leyes que la renta diferencial agrícola. En todas partes donde las fuerzas naturales sean monopolizables y le aseguren al industrial que las emplea una plusganancia trátese de una caída de agua, de una fructífera mina, de aguas abundantes en pesca o de un solar bien ubicado, la persona cuyo título sobre una parte del globo terráqueo la caracteriza como propietario de esos objetos naturales le intercepta esa plusganancia, en la forma de renta, al capital actuante. En lo que respecta a la tierra con fines de edificación, Adam Smith ha explicado cómo el fundamento de su renta, al igual que la de todos los predios no agrícolas, está regulado por la renta agraria propiamente dicha. (Libro I, capítulo XI, 2 y 3.) Esta renta se caracteriza, en primer lugar, por la influencia preponderante que la ubicación ejerce en este caso sobre la renta diferencial (muy importante, por ejemplo, en el caso de la viticultura y de los solares en las grandes ciudades); en segundo lugar, por el carácter palpable de la total pasividad del propietario, cuya actividad consiste solamente (sobre todo en el caso de las minas) en explotar los progresos de la evolución social, a la cual en nada contribuye y en la que nada arriesga, como sí lo hace el capitalista industrial, y finalmente por el predominio del precio monopolista en muchos casos, en especial de la más desvergonzada [984] explotación de la miseria (pues la miseria es para los alquileres una fuente más lucrativa de lo que jamás lo fueron para España las minas de Potosí [1] [2] Francis Newman, "Lectures on Political Economy", Londres, 1857. 984.), y el poder descomunal que confiere esa propiedad de la tierra cuando, unida en unas mismas manos con el capital industrial, permite prácticamente a éste excluir de la tierra, en cuanto morada, a los obreros en lucha por su salario [3]a La referencia entre paréntesis, (no entre llaves), es obviamente un agregado de Engels.. Una parte de la sociedad le reclama aquí a la otra un tributo a cambio del derecho de habitar la tierra, así como en general la propiedad de la tierra implica el derecho de los propietarios a explotar el cuerpo del planeta, sus entrañas, el aire, y con ello la conservación y desarrollo de la vida. No sólo el incremento de la población, y con él la creciente necesidad de viviendas, sino también el desarrollo del capital fijo que se incorpora a la tierra o echa raíces en ella, descansa sobre ella, como todos los edificios industriales, ferrocarriles, almacenes, edificios fabriles, depósitos, etc. acrecienta necesariamente la renta edilicia. Ni siquiera con la buena voluntad de Carey es posible confundir aquí entre el alquiler, en la medida en que es interés y amortizacíon del capital invertido en el edificio, y la renta por el mero suelo, especialmente si, como ocurre en Inglaterra, el terrateniente y el especulador en edificaciones son personas totalmente diferentes [4]. Aquí entran en consideración dos elementos: por un lado, la explotación de la tierra a los fines de la reproducción o extracción, y por el otro el espacio que se requiere como elemento de cualquier producción y de toda acción humana. Y en ambos sentidos la propiedad de la tierra exige su tributo. La demanda de terreno para edificar eleva el valor del suelo como espacio y fundamento, mientras que en virtud de ello aumenta al mismo tiempo la demanda de elementos del cuerpo del planeta que sirven como materiales de construcción [5] [6].
[985] En las ciudades en rápido progreso, en especial allí donde la edificación se practica, como en Londres, a la manera fabril, es la renta del suelo y no el propio edificio lo que constituye el objeto básico propiamente dicho de la especulación inmobiliaria, de lo cual hemos dado un ejemplo en el tomo II, capítulo XII, pp. 215, 216 [b], en las declaraciones de un especulador londinense en edificaciones, Edward Capps, ante la comisión bancaria de 1857. Dice allí bajo el nº 5435: "Creo que un hombre que quiera progresar en el mundo, difícilmente pueda esperar hacerlo ateniéndose a un comercio formal (fair trade)... además, deberá dedicarse necesariamente a las construcciones especulativas, y ello en gran escala [...]; pues el empresario obtiene muy poca ganancia de los propios edificios, ya que obtiene sus ganancias principales de las rentas de la tierra acrecentadas. Supongamos que se haga cargo de una porción de terreno, por la cual abona anualmente £ 300; si erige en ella la clase adecuada de edificios con arreglo a un cuidadoso plan de construcción, podrá obtener anualmente £ 400 ó £ 450, y su ganancia consistiría más bien en la renta acrecentada de la tierra de £ 100 ó £ 150 anuales que en la ganancia obtenida de los edificios, que [....] en muchos casos apenas toma en consideración [c]". A lo que no debe olvidarse que, una vez expirado el contrato de arrendamiento, las más veces de 99 años, la tierra, con todos los edificios que se encuentren sobre ella y con la renta del suelo, que en el ínterin se ha elevado las más veces al doble o al triple, retorna nuevamente del especulador en construcciones o de sus sucesores legales al último terrateniente originario.
La renta minera propiamente dicha está determinada exactamente de la misma manera que la renta agrícola. "Existen algunas minas cuyo producto apenas si alcanza para pagar el trabajo y para reponer el capital invertido en ellas junto con la ganancia habitual. Las mismas arrojan algunas ganancias para el empresario, pero no así una renta para el terrateniente. Sólo éste puede explotarlas con ventaja, ya que, como empresario de sí mismo obtiene la [986] ganancia habitual a partir de su capital invertido. Muchas minas de carbón escocesas se explotan de esta manera, y no pueden explotarse de ninguna otra. El terrateniente no le permite a nadie más explotarlas sin pagar renta, pero nadie puede abonarla por ellas." (A. Smith, libro I, capítulo XI, 2.)
Es necesario distinguir si la renta deriva de un precio monopólico porque existe un precio monopólico de los productos o del mismo suelo, independiente de ella, o si los productos se venden a un precio monopólico porque existe una renta. Cuando hablamos de precio monopólico nos referimos en general a un precio únicamente determinado por la apetencia de compra y la capacidad de pago de los compradores, independientemente del precio determinado por el precio general de producción así como por el valor de los productos. Un viñedo que produce vino de calidad excepcional, un vino que sólo pueda producirse en cantidades relativamente exiguas, tiene un precio monopólico. A causa de este precio monopólico, cuyo excedente por encima del valor del producto está exclusivamente determinado por la riqueza y la afición de los bebedores distinguidos, el vitivinicultor realizaría una importante plusganancia. Esta plusganancia, que en este caso emana de un precio monopólico, se transforma en renta y cae de tal manera en poder del terrateniente, en razón de sus títulos sobre esta porción del planeta, dotada de atributos especiales. En consecuencia, en este caso el precio monopólico crea la renta. A la inversa, la renta crearía el precio monopólico si los cereales se vendiesen no sólo por encima de su precio de producción, sino por encima de su valor, como consecuencia de la limitación que impone la propiedad de la tierra a la inversión de capital, no generadora de renta, en tierras incultas. El hecho de que sea sólo el título de un número de personas sobre la propiedad del globo terráqueo lo que las capacita para adueñarse de una parte del plustrabajo de la sociedad en calidad de tributo, y de apropiarse de él en una medida que crece constantemente con el desarrollo de la producción, es cosa que queda oculta por la circunstancia de que la renta capitalizada es decir, precisamente ese tributo capitalizado aparece como precio del suelo, y que por ende éste pueda ser vendido, como cualquier otro artículo comercial. Por ello, para el comprador su derecho a percibir la renta [987] no se le aparece como obtenido gratuitamente, y obtenido gratuitamente sin el trabajo, el riesgo y el espíritu de empresa del capital, sino como pagado a cambio de su equivalente. Como ya lo señaláramos anteriormente, la renta sólo se le aparece como un interés del capital con el cual ha comprado la tierra, y con ella el derecho a percibir la renta. Exactamente de la misma manera, a un esclavista que ha comprado un negro, le parece que su propiedad del nero ha sido adquirida no en virtud de la institución de la esclavitud como tal, sino por la compra y venta de mercancía. Pero la venta no crea el título mismo sólo lo transfiere. El título debe existir antes de que pueda vendérselo, pero así como una venta no puede crear dicho título, tampoco puede crearlo una serie de tales ventas, su repetición constante. Lo que lo ha creado han sido las condiciones de producción. Una vez llegadas éstas a un punto en el cual deben metamorfosearse, desaparece la fuente material del título, económica e históricamente justificada, emanada del proceso de la generación social de vida, y de todas las transacciones fundadas en aquél. Desde el punto de vista de una formación económico-social superior, la propiedad privada del planeta en manos de individuos aislados parecerá tan absurda como la propiedad privada de un hombre en manos de otro hombre. Ni siquiera toda una sociedad, una nación o, es más, todas las sociedades contemporáneas reunidas, son propietarias de la tierra. Sólo son sus poseedoras, sus usufructuarias, y deben legarla mejorada, como boni patres familias [buenos padres de familia], a las generaciones venideras.
En la siguiente investigación del precio del suelo hacemos abstracción de todas las fluctuaciones de la competencia, de todas las especulaciones de tierras o también de la pequeña propiedad de la tierra, en la cual ésta constituye el instrumento principal de los productores, que por ende deben comprarla a cualquier precio.
I) El precio del suelo puede aumentar sin que aumente la renta:
1) en virtud de la mera baja del tipo de interés, lo que hace que la renta se venda más cara y por consiguiente aumente la renta capitalizada, el precio de la tierra;
2) porque aumenta el interés del capital incorporado al suelo.
II) El precio de la tierra puede aumentar porque aumenta la renta.
La renta puede aumentar porque asciende el precio del producto agrícola, en cuyo caso siempre aumenta la tasa de la renta diferencial, sin que importe si la renta en el peor selo cultivado es grande, pequeña, o no existe en absoluto. Entendemos por tasa la relación entre la parte del plusvalor que se transforma en renta y el capital adelantado que produce el producto agrícola. Esto es diferente de la relación entre el plusproducto y el producto global, pues el producto global no comprende todo el capital adelantado, esto es, no comprende el capital fijo que subsiste al lado del producto. En cambio está comprendido el hecho de que en todos los tipos de suelo que devengan renta diferencial, una parte creciente del producto se transforma en plusproducto excedentario. En el suelo peor, el aumento de precio del producto agrícola crea por primera vez la renta, y por ende el precio del suelo.
Pero la renta puede aumentar, asimismo, sin que aumente el precio del producto agrícola. Este puede permanecer constante, o inclusive disminuir.
Si dicho precio permanece constante, la renta sólo puede aumentar (abstracción hecha de precios monopólicos), bien porque en el caso de inversión de capital de igual magnitud en las tierras antiguas, se cultivan tierras nuevas de mejor calidad, pero que sólo son suficientes para cubrir la demanda acrecentada, de modo que el precio regulador de mercado permanece inalterado. En tal caso no aumenta el precio de las tierras antiguas, pero para el nuevo suelo incorporado al cultivo aumenta el precio por encima del precio de las primeras.
O bien aumenta la renta porque, manteniéndose constantes el rendimiento relativo y el precio de mercado, aumenta la masa del capital que explota el suelo. Por ello, pese a que la renta permanece constante en proporción al capital adelantado, se duplica, por ejemplo, su masa, porque se ha duplicado el propio capital. Puesto que no se ha operado una baja del precio, la segunda inversión de capital arroja una plusganancia, al igual que la primera, plusganancia ésta que, una vez expirado el plazo de arrendamiento, se transforma asimismo en renta. En este caso [989] aumenta la masa de la renta porque aumenta la masa del capital que genera rentas. La afirmación de que diversas inversiones sucesivas de capital en una misma zona de tierras sl pueden generar una renta en la medida en que su rendimiento es desigual y en que por ello se origina una renta diferencial, desemboca en la afirmación de que, si se invierten dos capitales de £ 1.000 cada uno en dos campos de igual rendimiento, sólo uno de ellos podría arrojar renta, a pesar de pertenecer ambos campos a una buena clase de tierras, a las que arrojan renta diferencial. (Por ello, el monto global de las rentas, la renta global de un país aumenta con la masa de la inversión de capital, sin que aumente necesariamente el precio de la porción individual de terreno, o la tasa de renta, o la masa de la renta en las diversas porciones de terreno; en este caso, el monto global de las rentas se acrecienta con la expansión espacial del cultivo. Esto puede estar ligado, inclusive, con la disminución de la renta en las diversas fincas.) De otro modo, esta afirmación desembocaría en esta otra: que la inversión de capital en dos porciones diferentes de terreno contíguas obedecería a otras leyes que la inversión sucesiva de capital en la misma porción de terreno, mientras que la renta diferencial se deriva precisamente de la identidad de la ley en ambos casos, del mayor rendimiento de la inversión de capital tanto en el mismo campo como en diversos campos. La única modificación que existe aquí, y que se pasa por alto, es que la inversión sucesiva de capital, en su aplicación a tierras especialmente diferentes, se topa con la barrera de la propiedad del suelo, caso éste que no se da en las inversiones sucesivas de capital en el mismo suelo. De ahí también el efecto opuesto, en virtud del cual estas diferentes formas de inversión se mantienen, en la práctica, en limitación recíproca. Nunca se presenta aquí una diferencia del capital. Si la composición del capital permanece constante y otro tanto ocurra con la tasa del plusvalor, la tasa de ganancia permanece inalterada, de modo que, al duplicarse el capital, se duplica la masa de la ganancia. Del mismo modo, bajo las condiciones supuestas permanece constante la tsa de renta. Si un capital de £ 1.000 arroja una renta de x, bajo las circunstancias supuestas un capital de £ 2.000 arrojará una renta de 2 x. Pero calculado con referencia a la superficie del suelo, que ha permanecido inalterada ya que, [990] conforme al supuesto, en el mismo campo trabaja el doble de capital , como consecuencia del aumento en la masa de la renta también se habrá elevado su nivel. El mismo acre que reportaba una renta de £ 2, devengará ahora £ 4 [7] [8].
La relación entre una parte del plusvalor, o sea entre la renta dineraria pues el dinero es la expresión autónoma del valor , y el suelo es, de por sí, absurda e irracional; pues las que se miden entre sí son aquí magnitudes inconmensurables: un valor de uso determinado, un terreno de tantos y cuantos pies cuadrados, por un lado, y valor, y en especial plusvalor, por el otro. De hecho, esto no expresa sino que, bajo las condiciones dadas, la propiedad de esos pies cuadrados de suelo capacitan al terrateniente para interceptar una cantidad determinada de trabajo impago, realizado por el capital que goza en esos pies cuadrados como un cerdo entre las papas (en el manuscrito se encuentra aquí entre paréntesis, pero testado: Liebig). Prima facie, sin embargo, la expresión es la misma que si se pretendiese hablar de la relación entre un billete de cinco esterlinas y el diámetro de la tierra. Pero las mediaciones de las formas irracionales en las que se presentan y se compendian prácticamente determinadas condiciones económicas, nada les importan a los agentes prácticos de estas condiciones en su quehacer cotidiano; y puesto que se hallan habituados a moverse dentro de ellas, su razón [991] no se escandaliza por ellas en lo más mínimo. Una total contradicción no tiene en absoluto nada de misterioso para ellos. Se encuentran tan a sus anchas dentro de formas de manifestación que, enajenadas del contexto interno y tomadas aisladamente son absurdas, como un pez en el agua. Aquí tiene vigencia lo que dice Hegel con referencia a ciertas fórmulas matemáticas, esto es, que lo que la razón humana corriente considera irracional, es lo racional, y que su racionalidad es la propia irracionalidad [9].
Considerado con referencia a la propia superficie del suelo, el aumento en la masa de la renta se expresa por entero como un aumento en la tasa de la renta, y de ahí la situación embarazosa que se produce cuando las condiciones que explicarían un caso se hallan ausentes en otro.
Pero el precio del suelo también puede aumentar incluso cuando disminuye el precio del producto de la tierra.
En ese caso puede haberse incrementado, por ulterior diferenciación, la renta diferencial, y por ende el precio del suelo, de las tierras mejores. O bien si no es éste el caso, con un incremento de la fuerza productiva del trabajo puede haber disminuido el precio del producto agrícola, de modo que, sin embargo, el incremento de la producción lo compense con creces. Supongamos que el quarter haya costado 60 chelines. Si en el mismo acre y con el mismo capital se produjeran 2 quarters en lugar de uno, y el quarter bajase a 40 chelines, 2 quarters proporcionarían 80 chelines, de modo que el valor del producto del mismo capital habría aumentado, en el mismo acre, en un tercio, a pesar de que el precio por quarter se había reducido en un tercio. Al considerar la renta diferencial hemos expuesto cómo esto es posible sin que el producto se venda por encima de su precio de producción o su valor. De hecho, sólo es posible de dos maneras. Una es que un suelo de mala calidad se ponga fuera de competencia, pero el precio del suelo mejor aumente cuando aumenta la renta diferencial, es decir que el mejoramiento general no influya de manera uniforme sobre los diversos tipos de suelo. O bien que en el suelo peor el mismo precio de producción (y el mismo valor, en caso de que se abone renta absoluta), se exprese, a causa del incremento en la productividad del trabajo, en una mayor masa de producto. El producto sigue representando el mismo valor, [] pero el precio de sus partes alícuotas ha disminuido, mientras que la cantidad de éstas ha aumentado. Si se emplea el mismo capital, esto es imposible; pues en ese caso el mismo valor se expresa siempre en cualquier cantidad de producto que se quiera. Pero sí es posible si se ha efectuado una adición de capital para yeso, guano, etc., en suma, para mejoras cuyos efectos se extienden a lo largo de varios años. La condición es que, aunque disminuya el precio del quarter individual, no lo haga en la misma proporción en que aumenta el número de los quarters.
III) Estas diferentes condiciones para el aumento de la renta, y por consiguiente del precio de la tierra en general o de determinados tipos individuales de suelo pueden competir en parte, mientras que por otra parte se excluyen recíprocamente y sólo pueden operar en forma alternada. Pero de lo expuesto se infiere que no es posible deducir sin más de un aumento del precio de la tierra, un aumento de la renta, ni que de un aumento de la renta, que siepre trae aparejado un aumento del precio de la tierra, pueda concluirse sin más un aumento de los productos agrícolas [10] [ Nota del Editor ] (Tl) Hippolyte Passy, "De la rente du sol", en Diccionnaire de l'économie politique, t. II, París. 1854, p. 511..
En lugar de volver sobre las verdaderas causas naturales del agotamiento del suelo, que por lo demás a todos los economistas que escribieron acerca de la renta diferencial les eran desconocidas a causa del estado de la química agrícola en su época, se ha recurrido al auxilio de la concepción superficial según la cual no es posible invertir cualquier masa de capital que se quiera en un campo especialmente limitado, tal como, por ejemplo, la "Edinburgh Review" [d] aducía contra Richard Jones que no se podía alimentar a toda Inglaterra mediante el cultivo de Soho Square [11]. Aunque se considera esto como una desventaja particular de la agricultura, lo cierto es precisamente lo contrario. Aquí pueden efectuarse fructíferamente [993] sucesivas inversiones de capital porque la propia tierra obra como instrumento de producción, caso que no se da, o sólo se da dentro de límites muy estrechos, en una fábrica, en la cual la tierra sólo actúa como sustrato, como lugar, como base espacial de operaciones. Por cierto que se puede concentrar una gran instalación productora como lo hace la gran industria en un lugar pequeño, en comparación con los oficios artesanales, parcelados. Pero dada la fase de desarrollo de la fuerza productiva, siempre se requiere un espacio determinado, y la construcción de altos también tiene sus limitaciones prácticas determinadas. Por encima de éstas, la expansión de la producción exige asimismo la ampliación del espacio de terreno. El capital fijo invertido en máquinas, etc., no mejora por el uso, sino que, por el contrario, se desgasta. A causa de nuevos inventos también es posible incorporar aquí mejoras individuales, pero dando por supuesto el desarrollo de la fuerza productiva, la máquina sólo puede empeorar. En el caso de un rápido desarrollo de la fuerza productiva, toda la vieja maquinaria debe ser sustituida por otra más ventajosa, es decir que debe perderse. En cambio la tierra, correctamente tratada, mejora de continuo. La ventaja de la tierra, consistente en que sucesivas inversiones de capital pueden reportar mejoras sin que se pierdan las anteriores, implica al mismo tiempo la posibilidad de la diferencia de rendimiento entre estas sucesivas inversiones de capital.


[a]

a Ningún título ni censura el manuscrito. (Cfr. R 1382/2.)
[1] 38 Laing, Newman {222}.
[2] Samuel Laing, "National Distress, its Causes and Remedies", Londres, 1844. (Véase en el tomo I, vol. 3, p. 822. subnota 115, una cita de esta misma obra de Laing sobre las terribles condiciones habitacionales de la clase obrera).
[3] Crowlington strike [huelga de Crowlington]. Engels, "Lage der arbeitenden Klasse in England", p. 307. (Edición de 1892, p. 259.)(a)
[4] Alquiler, renta. Esta crítica de Marx a la confusión de Carey entre alquiler (en alemán Miete, Hausmiete) y renta (Rente, Grundrente) también se dirige, póstumamente, a los traductores de Marx al español que las más de las veces vierten ambos términos alemanes por uno solo: "renta" (algunos traductores simplifican, o complican, aun más las cosas al verter también Einkommen [ingresos]. Einnhamen [entradas] y Revenue [rédito] por la misma palabra castellana, "renta"). Véase igualmente cuatro páginas más atrás (979): "De la misma manera podría demostrarse que las casas últimamente construidas no arrojan renta [Rente] fuera del alquiler propiamente dicho [eigentlichen Mietzins] por el edificio. El hecho es que arrojan renta ya antes de devengar alquiler, porque a menudo están desocupadas por mucho tiempo" (subrayados nuestros P.S.). En inglés la confusión es normal, por así decirlo, ya que un solo término (rent) designa tanto la renta como el alquiler: cuando la distinción es forzosa se habla, como por ejemplo en Tl 774 al verter este pasaje, de "house-rent" por un lado y por otro de "rent for the mere land". (Apuntemos aquí, entre paréntesis, que un enemigo encarnizado de lo que él denomina la "angliparla", Ricardo Alfaro, en su muy útil "Diccionario de anglisismos" adopta una actitud indebidamente tolerante respecto al uso de "renta" por alquiler. No deja de ser interesante, sin embargo, que los tres casos que aduce Alfaro sean otras tantas pruebas en contrario de su tesis, ya que en ninguno de ellos la palabra "renta" se aplica al pago por el uso de una simple casa.) 984.
[5] 40 "La pavimentación de las calles de Londres ha permitido que los propietarios de algunas rocas desnudas de la costa escocesa extrajesen una renta de un suelo pétreo que anteriormente era inútil en absoluto." {224} Adam Smith, libro I, capítulo XI, 2.
[6] Marx cita "Wealth of Nations". En la edición de Wakefield, Londres, 1835-39, el pasaje figura en la p. 33 del vol. 2 (cfr. ES, 8. p. 157). 984.
[b] b Véase, en la presente edición, t. I, vol. 4, pp. 283-284.
[c] c De los extractos de deposiciones ante la Comisión Bancaria efectuados por Marx en las pp. 439-440 del manuscrito I, Engels sólo ha conservado estas declaraciones de Capps. (Véase R 1384/1.)
[7] Uno de los méritos de Rodbertus sobre cuyo importante trabajo acerca de la renta volveremos en el tomo IV {225} es el de haber desarrollado este punto. Sólo que comete el error de suponer, en primer término, que en el capital el aumento de la ganancia se expresa siempre también como aumento del capital, de modo que al acrecentarse la masa de las ganancia la relación permanecería constante. Sin embargo, esto es un error, pues al modificarse la composición del capital, a pesar de permanecer constante la explotación del trabajo, la tasa de ganancia puede aumentar precisamente porque el valor proporcional de la parte constante del capital disminuye en comparación con la parte variable. En segundo término comete el error de considerar esta relación entre la renta dineraria y una porción de terreno cuantitativamente determinada, de un acre, por ejemplo, como algo supuesto en general por la economía clásica en sus investigaciones acerca del alza o la baja de la renta en general. Esto es nuevamente un error. La economía clásica siempre trata a la tasa de renta en la medida en que considera a la renta en su forma natural con referencia al producto; y en tanto la considera como renta dineraria, lo hace con referencia al capital adelantado, porque esas son, de hecho, las expresiones racionales.
[8] Este "importante trabajo de Rodbertus" es la tercera "carta" de sus "Sociale Briefe an von Kirchmann", Berlín, 1851. Nótese cómo Marx (¿o Engels?) sigue denominando "tomo IV" ("Buch IV") de "El capital" lo que hoy conocemos bajo el título empleado por Karl Kautsky, su primer editor: "Teorías del pluvalor". Marx dedica allí un gran espacio (véase MEW, t. XXVI, parte II. pp. 7-106. 120-122. 145-157 y pássim) a la discusión de las tesis de Rodbertus. 990.
[9] Georg Hegel, "Encyclopädie der philosophischen Wissenschaften im Grundrisse", parte 1, "Die Logik", en Werke, t. VI, Berlín, 1840, p. 404. 991.
[10] Acerca de la baja de los precios de la tierra con aumento de la renta, véase Passy.
[d] d En la 1ª edición, "Westminster Review".
[11] (TI) "The Edinburgh Review", t. LIV, agosto-diciembre de 1831, pp. 94-95. [Soho Square, en el barrio londinense del Soho, era a mediados del siglo XIX una zona residencial elegante.] 992.